Copropiedad y comunidad de bienes

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La copropiedad es una clase de comunidad de bienes, siendo ésta una situación en la que varias personas físicas o jurídicas ostentan la titularidad de un bien mueble o inmueble. En el próximo artículo, desde Fincas Layes vamos a tratar este aspecto en profundidad.

¿En qué consiste la Copropiedad y comunidad de bienes?

El Código Civil no regula como tal la “copropiedad” sino sólo la comunidad de bienes. Es así ya que la Comunidad de bienes sería el concepto que abarca todas las clases de ésta, entre las que encontraríamos la copropiedad por ejemplo de un inmueble.

La comunidad de bienes se regula en los Art. 392-406, Código Civil, por los que «Hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece proindiviso a varias personas». Sin embargo, con esta definición lo que realmente se define es una clase, que es la copropiedad o condominio; y no el género, que es la comunidad de bienes, ya que la comunidad de bienes no tiene por qué operar únicamente respecto del derecho real de propiedad, sino respecto de cualquier otro derecho, real o de crédito, como pueden ser un arrendamiento o una servidumbre en las que se tiene el derecho de posesión y no el de propiedad.

En el Código Civil, aunque se utiliza la definición de la copropiedad para referirse a la comunidad de bienes, no establece una regulación específica de la copropiedad, sino que establece el régimen de la comunidad de bienes que es aplicable a la copropiedad.

La constitución de la copropiedad se puede realizar:

  •     Por pacto entre las partes, o comuneros.
  •     Por la ley.

Así, el artículo 392 del Código Civil apartado 2, establece la norma a aplicar diciendo que: “A falta de contratos, o de disposiciones especiales, se regirá la comunidad por las prescripciones de este título”. 

Por tanto, el Código Civil es la norma dispositiva y supletoria de las disposiciones entre las partes en la mayoría de los casos. En el Código existen determinadas normas al respecto y gozan de carácter imperativo.

Ventajas de constituir una Comunidad de Bienes para la gestión de inmuebles

Las ventajas de constituir una Comunidad de Bienes para gestionar el patrimonio inmobiliario, ya sea de forma sobrevenida o de forma voluntaria, son básicamente las siguientes:

  •     Sencillez de gestión
  •     Requisitos formales mínimos para su constitución
  •     Ausencia de un capital mínimo para su constitución
  •     Tributación transparente por los comuneros, sin personas intermedias.

¿Qué conflicto puede originar la comunidad de bienes?

Como ejemplo, utilizaremos el caso de una familia de 2 hermanos a la que su padre les dejó en herencia un piso en Barcelona. Todos los hermanos tienen un 50% de la titularidad del inmueble.

Al ser todos propietarios, todos ellos deberán hacer frente a los gastos que origine ese inmueble. Facturas de agua, luz, gas… gastos de comunidad, impuestos… Y cualquier decisión que tomen deberá ser consensuada, pues recordemos que los 2 son copropietarios.

Uno de ellos está interesado en el piso, le gustaría vivir con su pareja. El segundo lo ve como una inversión, ¿Por qué no alquilarlo? Así se pagarían los gastos y se obtendrán beneficios.

¿Qué pasaría si no se ponen de acuerdo? 

Mientras discuten, TODOS son propietarios y deben hacer frente a todos los gastos… Sí fuera una cuenta corriente, sería tan sencillo como repartir el dinero y que cada uno siga por su lado, pero en este caso es imposible materialmente y antieconómico dividir el piso en 2 partes.

¿Cómo podemos ayudarte desde Fincas Layes?

La constitución de una Comunidad de Bienes puede ser la herramienta que pueda solventar circunstancias sobrevenidas, como la herencia de un bien inmueble entre una pluralidad de herederos y, que por distintos motivos, no se enajena para su reparto.

También puede ser el comienzo para la gestión de un pequeño patrimonio fruto del ahorro y el trabajo y poderlo gestionar de una manera eficaz.

Si buscas un administrador para gestionar tu propiedad… En Fincas Layes tenemos todo lo que buscas. No dudes en contactar con nosotros a través de info@fincaslayes.com o llamando al 932 12 86 58.